Artículo de opinión de Juan Carlos García Bravo, miembro de la junta directiva de la Asociación de Memoria Social y Democrática (AMESDE), en infoLibre.es______
El juez Baltasar Garzón se enfrentó en el año 2010 a tres procesos. El primero por su investigación sobre la trama Gürtel, el segundo por declararse competente para investigar los crímenes del franquismo y el tercero por un supuesto delito de cohecho al impartir unos cursos en Nueva York.
En el rol de denunciantes coincidían viejos conocidos como el pseudosindicato Manos Limpias y Falange Española, organización a la que la práctica totalidad de los historiadores reconocidos atribuyen gravísimas responsabilidades en los crímenes de la dictadura.
El primero de los procesos se saldó con la condena de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo al juez Garzón por intervenir conversaciones en la cárcel de los imputados en la trama Gürtel con sus abogados, a once años de inhabilitación, una multa de 2.520 euros y al pago de las costas del proceso.
En el segundo proceso sobre los crímenes del franquismo, el Supremo dictaminó que el Magistrado Garzón había incurrido en un exceso interpretativo de las normas, pero sin que esta conducta constituyera delito de prevaricación. Sin embargo, el Tribunal aprovechó la ocasión para advertir de que los crímenes franquistas no podían ser objeto de investigación.
En el proceso por los cursos en la Universidad de Nueva York, el instructor en la Sala II de lo Penal del Tribunal Supremo, llegó a ordenar a la Guardia Civil que investigara las cuentas, depósitos bancarios, declaraciones tributarias y las participaciones que Baltasar Garzón y otras personas de su familia pudiera tener en cualquier entidad bancaria, es decir se ordenó una investigación exhaustiva. Finalmente, la querella fue archivada por el instructor al no apreciar indicios de extorsión y considerar que, en todo caso, el supuesto delito de cohecho impropio habría prescrito.
El resultado más evidente de este entramado de denuncias y decisiones judiciales es que el juez Garzón quedó inhabilitado para la carrera judicial y ello, precisamente, por haber sometido a escuchas a los delincuentes confesos de la trama Gürtel. El segundo resultado a destacar fue la advertencia de que los crímenes de la dictadura no podían ser objeto de investigación.
Con ambos mensajes los jueces de todo el país tuvieron claro que meterse con los delincuentes vinculados a cierto partido o socavar la impunidad de la dictadura eran prácticas de alto riesgo.
Pero como ya ha sucedido en España en otras circunstancias de nuestra historia reciente, la pretensión del Supremo de dejar todo “atado y bien atado” resultó fallida por causa de dos acontecimientos sobrevenidos que conforman un nuevo escenario en la actualidad.
En 2025, cuatro años después, España no ha cumplido ninguna de las peticiones del Comité de la ONU sobre el juez Garzón y ello a pesar de que la propia Fiscalía ha intervenido para instar el cumplimiento
De una parte, la aprobación de la Ley 20/2022 de MD que creó la Fiscalía de Sala de Derechos Humanos y Memoria Democrática para investigar las violaciones del Derecho Internacional de Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario, incluyendo los que tuvieron lugar con ocasión del golpe de Estado, la Guerra y la dictadura. Sin ignorar las dificultades que conllevarán estas investigaciones, lo más cierto es que la impunidad de los crímenes de la dictadura ha sufrido un revés.
De otra, el 26 de agosto de 2021, el Comité de Derechos Humanos de la ONU declaró oficialmente que “los juicios contra el ex juez español Baltasar Garzón por los casos franquismo y Gürtel fueron arbitrarios y no cumplieron con los principios de independencia e imparcialidad judicial”.
El Comité precisó que el proceso del caso Gürtel fue arbitrario, la sentencia tuvo parcialidad y se violaron derechos fundamentales como el derecho a un juicio justo, al acceso a un tribunal imparcial y a la doble instancia. Asimismo, declaró que cuando Garzón actuó en el caso Gürtel, no existía una norma clara y vigente que expresara que su conducta era ilegal o sancionable.
En atención a estas razones, en 2021, la ONU solicitó a España una reparación integral que comprendiera la anulación de antecedentes penales, el reingreso a la carrera judicial, así como garantías de que este tipo de conductas no volverían a repetirse.
Contrasta la enorme difusión que recibió en su día la noticia sobre la expulsión del juez Garzón de la carrera judicial con la muy escasa recibida por esta declaración legal del Comité de Derechos Humanos de la ONU que desautoriza clara e inequívocamente la decisión del alto Tribunal.
Más preocupante, sin embargo, resulta que, en 2025, cuatro años después, España no ha cumplido ninguna de las peticiones del Comité de la ONU y ello a pesar de que la propia Fiscalía ha intervenido para instar el cumplimiento de la Resolución.
La inacción de las autoridades españolas envía un lamentable mensaje a todo el mundo:
¿Cómo puede ignorarse de esta forma a los miembros de la Administración de Justicia que luchan contra la corrupción o por los Derechos Humanos? ¿A qué Estado de Derecho aspira España si ignora a los organismos internacionales que ella misma reconoce?
Desde muy diversos ámbitos políticos y sociales se ha iniciado una campaña para volver a recordar lo ocurrido y para reclamar que el Gobierno de España y el CGPJ cumplan de forma inmediata con la resolución del Comité de Derechos Humanos de la ONU en el caso de Baltasar Garzón. Se reclama, en suma, la adopción de medidas para que ningún juez vuelva a ser castigado por defender los Derechos Humanos.