Protocolo Garzón ante la tortura

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¿Cuál es el procedimiento en la Audiencia Nacional ante una denuncia por tortura?

La obligación de un juez es evitar que durante una detención por terrorismo se produzcan torturas. Si ante un magistrado de la Audiencia Nacional el detenido presenta una denuncia por tortura, según lo que marca la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Ley de Enjuiciamiento Criminal, el juez carece de competencia para investigar esta denuncia. Lo que debe hacer según la Ley es:

  •  Escuchar la denuncia.
  •  Recoger la prueba o la demanda.
  •  Dar traslado a la autoridad competente del sitio donde se ha producido.

Las denuncias de tortura tienen que ser investigadas por el juez de instrucción del lugar donde se han cometido.

Una de las más importantes aportaciones contra la tortura la realizó Baltasar Garzón al instaurar una serie de  garantías procesales para los detenidos por terrorismo que el relator de Naciones Unidas denominó Protocolo Garzón.

Protocolo Garzón

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En diciembre de 2006, Baltasar Garzón incorporó a sus investigaciones sobre delitos de terrorismo un procedimiento para reforzar las garantías de los detenidos en régimen de incomunicación para casos de terrorismo, respetando los estándares internacionales de organismos de Naciones Unidas y de Derechos Humanos que en ese momento no se asumían en España. El conocido como Protocolo Garzón.

El procedimiento incluye:

  • La grabación en vídeo de la persona detenida durante todo el tiempo de permanencia en dependencias policialesexcluyendo los espacios de intimidad y quedando la grabación a disposición del juzgado.
  • La posibilidad de ser reconocido  siempre que fuere necesario, por un médico personalacompañado del médico forense de turno del servicio de la Audiencia Nacional.
  • La obligación de los funcionarios policiales de notificar a la familia de la persona detenida su detención y su paradero.
  • La obligación de los funcionarios policiales de informar al juzgado de cualquier incidencia que se produzca durante la detención y sobre la situación de los detenidos, cada 12 horas y siempre que fuere necesario.

Todo ello sin perjuicio de que el juez junto al ministerio fiscal pueda constituirse en el lugar de detención para conocer la situación de los detenidos, en cualquier momento.

En la actualidad, este procedimiento, conocido a nivel nacional e internacional como “Protocolo Garzón”, se está aplicando también por Juzgados Centrales de Instrucción y algunas secciones de la SalaPenal de la Audiencia Nacional, instándose a la generalización del protocolo ya que no se  aplica por todos los jueces de la Audiencia Nacional. Se ha destacado como una buena práctica para la prevención de la tortura por diversos organismos internacionales de tutela de los Derechos Humanos.

Hay que citar entre otros, el Informe del Relator Especial de Naciones Unidas para la cuestión de la Tortura sobre el seguimiento de las recomendaciones efectuadas tras la visita a España (7ª Sesión del Consejo de Derechos Humanos) y el Examen del V Informe periódico de España ante el Comité contra la Tortura de Naciones Unidas (sesiones de 12 y 13 de noviembre de 2009).

A Baltasar Garzón, la adopción de estas medidas le supuso la interposición de  demandas ante el Consejo General del Poder Judicial por «estar a favor de los terroristas»  así como denuncias ante el Colegio de médicos forenses . Se le abrió incluso un expediente disciplinario que finalmente fue archivado.

Terra Lliure. Sentencia TEDH

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Terra Lliure es el nombre de una organización terrorista armada independentista catalana fundada en el año 1978 que se autodisolvió en 1991 abandonando la lucha armada . En su haber figuran más de 200 atentados, con cinco víctimas mortales (cuatro de ellas miembros de la organización) y varias decenas de heridos.
Durante el tiempo en que actuaron, las Fuerzas de Seguridad del Estado llegaron a detener a 300 personas vinculadas a la organización. En 1992, Baltasar Garzón dirigió desde el Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional una operación relacionada con Terra Lliure en la que resultaron detenidas 15 personas. En 1995 seis de los detenidos fueron condenados por la Audiencia a penas de uno a 10 años por pertenencia o colaboración con banda armada y absolvió a otros cuatro.

En algunos casos, sus militantes ingresaron en Esquerra Republicana de Catalunya que les exigió la renuncia explícita a la violencia. Muchos de ellos participaron en la política catalana e incluso en el ámbito estatal. Llegaron a formar parte del Gobierno tripartito catalán.

Paulatinamente, los presos de la organización fueron saliendo de la cárcel tras ser indultados o cumplir condena. En 1996 ya no quedaba ningún miembro de Terra Lliure en prisión.

Algunos exmiembros de Terra Lliure y allegados difundieron a raíz de la condena de inhabilitación para la carrera judicial de Baltasar Garzón que el magistrado no investigó en 1992 torturas infringidas a detenidos de esta organización. Esta afirmación es falsa.

El diario El País, del 25 de febrero de 2012, lo relata así: «Desde el primer momento, los detenidos denunciaron torturas físicas y psíquicas mientras estuvieron en Cataluña, así como en la Dirección General de la Guardia Civil, en Madrid. Diversos tribunales rechazaron las denuncias al no poderse constatar los malos tratos y el caso acabó en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos que en su sentencia 2004/65, de 2 de noviembre condenó al Estado español por “la ausencia de una investigación oficial efectiva sobre dichas alegaciones” de malos tratos.
»A partir de ese fallo, que otorgó una indemnización de 20.009 euros más intereses a cada demandante (8.000 por daño moral y 12.009 por gastos y costas) empezaron a circular las falsas creencias que una simple lectura detenida de esa sentencia desmiente por completo.

La sentencia del TEDH

La sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos indica en su punto 91 que el 14 de julio de 1992, que Baltasar Garzón instó a la forense a que examinara a los demandantes y a “presentarle un informe que relatara de forma exhaustiva los hechos de la causa y precisando dónde y cómo habían tenido lugar los exámenes médicos, si habían asistido a ellos otras personas aparte de los demandantes y el médico forense, si se había preguntado a los sospechosos que habían sufrido malos tratos”, así como “cuál había sido la frecuencia de los exámenes y si se habían constatado eventuales signos de malos tratos”.

El informe forense, fechado el 21 de julio, explica que “los detenidos fueron examinados cada día y lo fueron nuevamente tras su traslado a los calabozos de la Audiencia Nacional”, que se preguntó a cada uno si había sido maltratado, se detallaba cada visita y se precisaba que uno de ellos se automutiló y fue trasladado a un hospital.
En el punto 149 de la sentencia, los demandantes invocan que ese informe forense entregado a Garzón solo habla de malos tratos físicos, no psíquicos y son los propios abogados de los afectados, los que recuerdan que el juez de la Audiencia Nacional “declinó su competencia a favor de un juzgado de instrucción ordinario”. Garzón no hizo otra cosa que cumplir la ley, porque no le correspondía a él investigar las denuncias.

En ninguna de las 42 páginas de la sentencia del TEDH se hace el menor reproche a la actuación de Garzón con relación a las denuncias de malos tratos. Como tampoco se reprocha nada a los jueces de Barcelona y de Girona ante los que declararon los detenidos, antes de ser trasladados a Madrid, y donde desde el primer momento ya denunciaron los malos tratos. Y si no se reprocha nada a ninguno es porque ninguno de los tres eran los competentes para investigar.

Precisamente, a partir de la inhibición de Garzón las denuncias por malos tratos siguieron vivas y acabaron en el Juzgado de Instrucción 22 de Madrid, donde se acumularon también las procedentes de los juzgados de Barcelona y Girona (punto 155 de la sentencia del TEDH). Es ese juzgado ordinario de Madrid el que por tres ocasiones archivó las denuncias por torturas sin hacer una investigación a fondo según relata el TEDH (punto 159).
fue también la Audiencia Provincial de Madrid y no el juez Garzón, el tribunal que en tres ocasiones confirmó el archivo de esas denuncias.

Los demandantes acudieron también al Tribunal Constitucional, que denegó el recurso de amparo en 1994. Lo mismo hicieron ante la Comisión Europea de Derechos Humanos, que el 28 de noviembre de 1996 desestimó la demanda al no haberse agotado previamente la vía de los recursos internos.»

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Referencias documentales

Guantánamo

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Guantánamo es un caso extremo de presunto intento de atentado a la independencia judicial. Se trata de la investigación de Baltasar Garzón por crímenes contra la humanidad en su modalidad de torturas contra responsables norteamericanos por el trato inhumano y delitos de aquella categoría en la prisión militar de Guantánamo.

Por las publicaciones de Weakeleaks, se supo de las supuestas presiones de la embajada norteamericana en Madrid contra el juez instructor, para que el caso se archivara. Tales maniobras, resultaron inefectivas al continuar el caso por decisión del juez y del Tribunal de apelación.

En abril de 2009 como juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón abrió una causa para investigar a los posibles «autores materiales, inductores, cooperadores necesarios y cómplices» de los delitos de torturas cometidos en Guantánamo. Las diligencias sobre Guantánamo se iniciaron a partir de las denuncias de Hamed Abderrahman Ahmed, de Lahcen Ikassrien, de Jamiel Abdul Latif al Banna y de Omar Deghayes, que después de pasar por Guantánamo aseguraron ante Garzón haber sido torturados.

Esta acción judicial desató en Estados Unidos un enorme clima de preocupación entre los más altos niveles de la Administración, como desveló Wikileaks en noviembre de 2010 y recogieron los medios de comunicación. Garzón fue considerado peligroso para los intereses de EE.UU. y según denunció Wikileaks, se buscó la fórmula para que no continuara con sus investigaciones.

Lo cierto es que mientras estuvo al frente del juzgado mantuvo viva la investigación contra viento y marea. Hasta que se vio  apartado de la Audiencia Nacional uno de los procedimientos que Garzón mantuvo con mas solvencia y empuje  fue la causa de las torturas de Guantánamo

Afirmaciones falsas. Afirmaciones contrarias que han circulado por Internet en el sentido de que el juez hizo caso omiso a estas denuncias de torturas por parte de estas personas, son radicalmente falsas.

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Referencias documentales